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Informaciones sobre afiliación

Declaración de la FIAF sobre “Buen Uso” y Acceso a las Colecciones

El interés común de todos los afiliados de la Federación Internacional de Archivos Fílmicos (FIAF), plasmado en el Código de Ética de la FIAF, al que se adhieren todos los afiliados, es preservar el patrimonio cinematográfico mundial y garantizar a las generaciones futuras su accesibilidad, de acuerdo con las normas de archivo más idóneas.

En consecuencia, los afiliados de la FIAF:

• consideran que mantener la práctica de la proyección de películas en salas de cine es una obligación fundamental para la conservación del patrimonio cultural de una nación;
• desempeñan un papel fundamental en la transmisión del conocimiento del cine de generación en generación, a través de sus esfuerzos de preservación, sus programas educativos y sus publicaciones especializadas;
• tienen intereses comunes con los productores, distribuidores y propietarios de derechos de películas pasadas, presentes y futuras de todo el mundo;
• se comprometen a respetar los derechos de la propiedad intelectual nacionales e internacionales.

Por lo tanto, se establecen los principios que figuran a continuación como base para la creación de una mayor comprensión y cooperación entre los afiliados de la FIAF y los propietarios de derechos de todo el mundo:

1) Los afiliados de la FIAF, de acuerdo con las leyes internacionales sobre copyright y propiedad intelectual, declaran su derecho a adquirir y preservar películas y materiales no cinematográficos con ellas relacionados por su valor cultural, histórico y estético.

2) La misión primordial de los afiliados de la FIAF es preservar y exhibir sus colecciones y desarrollar actividades que promuevan el acceso del público a estas, así como su valorización y su estudio.

3) Los afiliados de la FIAF son los principales depositarios de información y de archivos documentales esenciales para la investigación de carácter histórico y para la preservación del patrimonio cinematográfico internacional.

4) Los afiliados de la FIAF se comprometen a aplicar en sus colecciones los criterios más idóneos para la adquisición, la preservación, la restauración y la exhibición de películas y de materiales no cinematográficos con ellas relacionados.

5) Para poder llevar a cabo su misión, los afiliados de la FIAF necesitan el apoyo de la industria cinematográfica y de los organismos nacionales e internacionales responsables de la elaboración de las leyes y de las convenciones relativas a la propiedad intelectual.

6) La FIAF reconoce el derecho de los titulares del copyright de las películas y de otros derechohabientes de la propiedad intelectual a obtener de sus afiliados información sobre los fondos de sus colecciones.

7) La FIAF reconoce el derechos de acceso de los titulares legítimos de las películas y de los fondos no cinematográficos con ellas relacionados preservados por sus miembros, sobre la base de una justa compensación y el debido reconocimiento.

8) La FIAF apoya a los titulares de los derechos de las películas y de otras formas de propiedad intelectual con ellas relacionadas en sus esfuerzos para combatir la piratería y otras formas de uso ilegal.

9) La FIAF apoya los esfuerzos para esclarecer la situación legal de las películas “huérfanas” y de los materiales no cinematográficos con ellas relacionados, con fines de preservación y acceso.

10) Como principio de “buen uso”, los afiliados de la FIAF declaran su derecho a realizar las siguientes actividades sin pago alguno de tarifas a otras organizaciones:

• la exhibición en su propia sede
• los préstamos a otros afiliados
• el uso en sus publicaciones y en sus actividades promocionales

de las películas y de los materiales no cinematográficos con ellas relacionados que formen parte de sus colecciones.

Traducción : Ana Cristina Iriarte



 

 
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